FONASA: Declaración Jurada Anual 2025
Principales obligados, información requerida y vencimientos de la Declaración Jurada Anual de FONASA correspondiente al ejercicio 2025.
El Comunicado N.º 7/2026 del Banco de Previsión Social estableció los vencimientos de la Declaración Jurada Anual de FONASA correspondiente al ejercicio 2025. Repasamos quiénes están comprendidos, qué información debe declararse y cómo se determinan las posibles diferencias.
¿Quiénes deben presentarla?
Están obligados los titulares de servicios personales profesionales y no profesionales que trabajan fuera de la relación de dependencia, ya sea individualmente o mediante sociedades de hecho o civiles. Esto comprende, entre otros, a profesionales afiliados a la Caja de Profesionales, escribanos afiliados a la Caja Notarial y no profesionales afiliados al BPS.
También pueden quedar comprendidas situaciones especiales vinculadas con el artículo 25 del Decreto N.º 221/011, la pérdida de cobertura médica, subsidios por inactividad compensada durante todo el ejercicio o socios vitalicios de mutualistas. Quienes no tuvieron actividad y mantienen la empresa inactiva ante BPS quedan excluidos.
Información que debe incluirse
- Importes facturados sin IVA.
- Monto imponible FONASA.
- Obligación anual de FONASA.
- Indicación de si existe actividad exclusiva de servicios personales.
La obligación se calcula aplicando la tasa personal correspondiente y considerando el tope anual, los aportes efectuados por otras actividades o pasividades y el Costo Promedio Equivalente de los beneficiarios amparados.
Resultados posibles
Si la obligación anual supera los anticipos realizados, la diferencia debe abonarse. Cuando los anticipos exceden la obligación y además superan el tope anual, el excedente se considera en el proceso anual de devolución de FONASA.
Vencimientos informados para 2026
- Dígitos 0, 1 y 2: 16 de abril.
- Dígitos 3, 4 y 5: 23 de abril.
- Dígitos 6, 7, 8 y 9: 30 de abril.
La presentación fuera de plazo puede generar una multa, por lo que corresponde verificar la situación concreta del contribuyente y sus antecedentes de aportación.
En ABConzult estamos a disposición para analizar cómo estas novedades pueden impactar en su organización. Puede contactarnos para evaluar su situación.
Este contenido es de carácter informativo y no sustituye el asesoramiento profesional aplicable a cada caso particular.