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Cambios en prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo

La Ley N.º 20.469 amplía sujetos obligados, modifica umbrales y fortalece el enfoque basado en riesgo del sistema uruguayo.

La Ley N.º 20.469 introduce modificaciones relevantes a la Ley N.º 19.574 sobre prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo. Los cambios amplían el alcance de los sujetos obligados, ajustan sanciones y reducen determinados umbrales.

Nuevos sujetos y operaciones comprendidas

Abogados, escribanos y contadores que actúan por cuenta de sus clientes deberán considerar las obligaciones aplicables cuando ciertas operaciones se realicen total o parcialmente con activos virtuales. También se incorporan las daciones en pago y permutas.

Se agregan como sujetos obligados determinados fiduciarios no financieros y prestadores de servicios de administración, contabilidad o procesamiento de datos directamente vinculados con negocios financieros desarrollados en el exterior.

Responsabilidad y debida diligencia

La norma permite sancionar a directivos y alta gerencia cuando se pruebe que no actuaron con la debida diligencia. Asimismo, elimina la presunción de menor riesgo basada únicamente en la utilización de medios de pago electrónicos.

Movimientos de efectivo y sanciones

Se amplía el concepto de frontera relevante para la declaración de dinero, metales preciosos u otros instrumentos monetarios por encima de USD 10.000. Para determinadas personas, la sanción pasa a calcularse sobre el excedente no declarado y se incrementa en caso de reiteración.

Delitos precedentes y uso de efectivo

Se modifican umbrales para estafa, apropiación indebida, contrabando y defraudaciones tributarias o aduaneras. También se incorporan ciberdelitos, ciertos delitos ambientales y fraudes en entidades del sistema financiero.

En determinadas operaciones, el pago en efectivo queda limitado a importes inferiores a 200.000 UI o al 5% del valor total, con un máximo de 450.000 UI.

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Este contenido es de carácter informativo y no sustituye el asesoramiento profesional aplicable a cada caso particular.